miércoles, 9 de enero de 2008

Rebajas de precios, no de derechos

Sin habernos recuperado todavía de los gastos de la Navidad, llega el momento de las rebajas. En Madrid, ha comenzado ya la temporada, adelantándose al resto de comunidades autónomas. Muchos pequeños comercios han empezado a ofrecer sus productos a un precio más barato del habitual, aunque las grandes superficies esperarán todavía a que pase el día de Reyes para bajar los precios. Varias asociaciones de consumidores anticipan que este año cada madrileño gastará entre 135 y 141 euros, un 10% menos que hace un año. Los mayores descuentos se aplicarán en los artículos textiles.
Sin embargo, no todos los establecimientos que estarán anunciados en rebajas van a estar verdaderamente en… rebajas. Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para que sean denominadas como tales:
- no puede ser considerado como rebajas ni la venta en liquidación donde se anuncian precios más bajos por cierre o cambio de negocio, ni la venta de saldos, es decir, artículos pasados de moda o deteriorados: no se deje engañar si encuentra alguna de estas circunstancias con la publicidad de rebajas en el cristal.
- cada establecimiento es libre de elegir la duración de sus rebajas, pero éstas no podrán durar menos de una semana ni más de dos meses, dentro de las fechas estipuladas. Las fechas de período de rebajas deben exhibirse en un sitio del establecimiento visible al público, incluso cuando esté cerrado.
- un establecimiento comercial que anuncie que está en rebajas, debe tener como mínimo la mitad de sus productos rebajados y los artículos deben haber sido expuestos durante, al menos, un mes antes de esas fechas. No se pueden sacar a la venta artículos expresamente para esta época.
- los productos deben tener la misma calidad.
- el precio rebajado debe aparecer junto al precio anterior, tanto en las etiquetas del producto como en las de los escaparates.
- al igual que ocurre en épocas fuera de rebajas, los productos duraderos como electrodomésticos o muebles, tienen una garantía de dos años y están en la obligación de aceptar la devolución si tiene un defecto de fábrica. Sin embargo, en el resto de los casos los comerciantes son libres de aceptar o no las devoluciones. Si durante el resto del año las acepta y en rebajas no, esto debe anunciarse claramente a los consumidores. Lo mismo sucede con las formas de pago aceptadas.

Promociones, que no rebajas
En algunas ocasiones, aparece una modalidad parecida a las rebajas en la forma pero distinta en el fondo: las promociones. Se diferencian de las rebajas en que no se realizan dentro de unas fechas concretas y su fin es dar a conocer un nuevo producto, que se oferta en mejores condiciones para incentivar su venta. Del mismo modo, los artículos en promoción tampoco pueden tener defectos ni ser de peor calidad que los que van a ponerse a la venta posteriormente al periodo promocional.

Recomendaciones
La tentación de comprar en rebajas puede llevarnos a sacar la tarjeta de la cartera de forma instintiva y desproporcionada. Por eso, Consumadrid aconseja:
- hacer una visita previa por las tiendas para tantear los precios y las unidades.
- elaborar una lista de lo que necesita y no comprar por comprar.
- comparar el precio anterior y el rebajado, para valorar si realmente merece la pena la compra.
- ser precavidos puede ser de gran ayuda: desconfíe de las grandes ofertas, ya que pueden ocultar algún defecto o tener cómo único objetivo atraer a la clientela sin disponer de stock suficiente para todos los pedidos. Si este fuera el caso, el vendedor tendrá la obligación de proveer nuevas unidades en un tiempo razonable y, si no es posible, ofrecer otro producto de similares o superiores características.
- no acepte ningún artículo en mal estado, con taras o estropeado; le estarán ofreciendo un saldo no una rebaja.
- rechace artículos cuyas instrucciones de uso no vengan en castellano.
- guarde todos los tiques y facturas, ya que será su principal defensa a la hora de reclamar. Recuerde que está en su derecho de exigir las hojas de reclamaciones. Todos los establecimientos están obligados a tenerlas durante todo el año, sean rebajas o no.

Reclamaciones
Las rebajas implican una reducción en los precios y no una disminución de nuestros derechos. Si queremos poner una reclamación, debemos rellenar la hoja de reclamaciones y presentarla ante la oficina de consumo más próxima a nuestro domicilio. Dependiendo del caso, Consumo podrá canalizar la reclamación a la Dirección General de Comercio de la Comunidad de Madrid, competente en algunos aspectos referidos a este tipo de ventas. Las oficinas de consumo nos pueden informar de si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo y solicitar un arbitraje.



Fuente: ConsuMadrid

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