viernes, 2 de noviembre de 2007

La responsabilidad de los fraudes `on line´ no recaerá sólo en el cliente

El Banco de España ha frenado la aspiración de los bancos y cajas de que los usuarios sean los responsables al considerar que son operaciones ofrecidas por las entidades.

AGENCIAS.MADRID El Banco de España ha frenado la aspiración de bancos y cajas de hacer recaer en los clientes toda la responsabilidad en los casos de fraude de la banca por internet, sobre todo al considerar que el cliente ha sido víctima de este tipo de estafas, cada vez más frecuentes, al aceptar operar por un canal ofrecido por la propia entidad bancaria.
De esta forma, la institución dirigida por Miguel Ángel Fernández Ordóñez ha modificado su postura inicial de "precaución" y remisión a los Tribunales de Justicia al considerar que existían "serias dudas" sobre si esta remisión sistemática era válida "desde el punto de vista de las buenas prácticas bancarias", según desveló la jefa del Servicio de reclamaciones del Banco de España, María Luisa García Tallón, en un foro con notarios.
Este cambio en el criterio del organismo responde al aumento de casos presentados y las argumentaciones de los clientes, que manifestaban no haber hecho uso indebido de las claves, tener sus equipos debidamente protegidos o incluso no ser titulares de firma electrónica, sino tan solo de clave de acceso para consulta, según explicó la responsable de reclamaciones en el organismo supervisor.
El Banco de España reconoce que determinar la responsabilidad en estos casos es algo "conflictivo", pero fundamenta también su posición de no eximir como norma general a los bancos al considerar al cliente como la parte "más débil" de la cadena en este tipo de operativa.García Tallón explicó que el Banco de España se reunió con la banca en un foro al efecto. A partir de ese momento las explicaciones de las entidades se fueron completando, pero siguieron aduciendo su ausencia de responsabilidad alegando que sus clientes habían mostrado una "custodia negligente de sus claves".Para poner cota a esta práctica, el Banco de España ha comenzado a solicitar a los bancos un "mínimo" de requisitos para no decidir en su contra, como la acreditación de haber informado previamente al cliente o haber impartido la formación y asesoramiento necesarios para el uso adecuado del canal y la correcta custodia de las claves.
El Banco de España recomienda a las entidades la inclusión en su página de internet de aspectos tales como la identidad y dirección on line exacta del banco.
También es importante que las entidades ofrezcan el contrato al cliente antes de contratar el servicio.
Los bancos, además, deben acreditar diligencia en la gestión de la recuperación de los fondos, en la que entran en juego los acuerdos de colaboración que las entidades financieras formalicen a estos efectos.
Por ello, el Banco de España considera caso a caso la respuesta de las entidades y les exime de responsabilidad si son capaces de probar indicios de actuación negligente por parte del cliente. El número de fraudes detectados de este tipo contra entidades ha pasado de 33 en 2004 a 1.148 en 2006, lo que representa un aumento de 34 veces o del 3.378%.


La Opinión de A Coruña, viernes 2 de noviembre de 2007

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