miércoles, 17 de octubre de 2007

El Gobierno quiere más transparencia en las hipotecas y la reunificación de deudas

EUROPA PRESS
MADRID.- El Gobierno prepara un anteproyecto de ley, que presentará ante el Consejo de Estado en los próximos días, por el que se pretende aportar mayor transparencia a la contratación de créditos hipotecarios y a los servicios de intermediación, con especial atención a la regulación de los reunificadores de deudas.
Así lo ha avanzado el secretario de Estado de Economía, David Vegara. Según dijo, la iniciativa pretende ampliar "de manera considerable" las obligaciones de transparencia de las entidades que se dedican a este tipo de actividades para que los consumidores puedan conocer en todo momento las características fundamentales de los instrumentos contratados.
Además, supone una unificación de los requisitos a cumplir por ciertos productos financieros (créditos al consumo e hipotecarios) para que sean los mismos independientemente de las entidades que los concedan, sea una entidad de crédito o cualquier otra empresa.
En este sentido, la norma supondrá mantener la vigencia de la ley de crédito al consumo, que se aplica tanto a entidades de crédito como a empresas y extender, además, las obligaciones de las entidades de crédito a otros operadores en materia de crédito hipotecario.
Principales novedades
- La regulación de la intermediación en la reagrupación de deuda, que permitirá recortar los costes de búsqueda en la contratación de los créditos y dotará a los consumidores de una mayor "capacidad de negociación" frente a los prestamistas, pudiendo acceder así a mejores condiciones en los préstamos que contratan.
- La norma establecerá la obligación de la inscripción de las empresas en los registros públicos que puedan crearse en las comunidades autónomas o en el Instituto Nacional de Consumo.
- Obligaciones de transparencia en la información precontractual y en los precios, al tiempo que las comisiones deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos ocasionados.
- Las empresas tendrán que formular al consumidor una oferta vinculante por escrito, firmada por el representante de la empresas y que, salvo circunstancias excepcionales o no imputables a la empresas, tendrá un plazo de validez no inferior a 10 días hábiles.
- Se exigirá que las empresas recojan sus tarifas en un folleto y que dispongan de un tablón de anuncios en los establecimientos abiertos al público, así como que las comunicaciones comerciales que hagan referencia al importe del crédito o indiquen el tipo de interés u otras cifras relacionadas con el coste del crédito, mencionen también la tasa anual equivalente (TAE), mediante un ejemplo representativo.
Protección frente a intermediación
En el capítulo de la intermediación, la norma contempla similares cuestiones relacionadas con la transparencia sobre precios y costes.
- Además, estas entidades deberán indicar, en sus comunicaciones comerciales y en su publicidad, el alcance de sus funciones y representación, precisando, concretamente, si trabajan o no como intermediarios independientes.
- Las empresas vinculadas a otras entidades no podrán percibir retribución alguna de sus clientes. Mientras que la empresas independientes sólo podrán percibir retribución cuando hayan pactado el importe de la remuneración.
- Los intermediarios independientes estarán obligados a seleccionar entre los productos que se ofrecen en el mercado los que mejor se adapten a las características que el consumidor les haya manifestado, presentándoles, al menos, tres ofertas vinculantes de entidades de crédito u otras empresas sobre cuyas condiciones jurídicas y económicas asesorará al consumidor.
- Se contempla específicamente el derecho de desistimiento en los contratos de intermediación, del que el consumidor disfrutará por un período de 14 días naturales tras la formalización del contrato.

EL MUNDO, miércoles 14 de octubre de 2007

Imagen: Crédito Fácil

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