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jueves, 14 de enero de 2010

A golpes de beneficio fiscal

SARA O. DE URIARTE
El anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible que ha propuesto el Gobierno para favorecer el desarrollo económico está siendo polémico. El episodio más reciente y que ha enfrentado a varios sectores ha sido el referente a las webs de descargas ilegales.
En el apartado de fiscalidad en la vivienda también se proponen cambios que entrarán en vigor en enero de 2011. Se trata de una modificación en los impuestos para reactivar el mercado y absorber el stock.
La medida más importante, y también impopular, consiste en la eliminación de la deducción por la compra de vivienda, decisión que fue tomada antes del verano.
El objetivo es intentar adelantar la decisión de compra de aquellos que pudieran perder la desgravación en el futuro, lo que podría ralentizar el ajuste del sector para desplazarlo en el futuro.
Un ajuste lento
Pese al impulso que se espera que traigan los beneficios fiscales (que obtendrán propietarios, inquilinos en alquiler y aquellos que vayan a reformar su casa), el ajuste inmobiliario tardará en completarse.
Las medidas para liquidar el stock de viviendas por vender y este tipo de cambios regulatorios en el sector pueden servir par estimular el ritmo de ajuste.
Favorecer vivir de alquiler, por ejemplo, permitiría alcanzar una proporción de pisos en alquiler razonable así como una nueva situación similar a la de países de nuestro entorno.
MEDIDAS TRIBUTARIAS.
Compra de vivienda – La deducción por compra de vivienda habitual en el IRPF se elimina para todas las rentas con una base imponible superior a los 24.107 € y se mantiene íntegra para aquellas por debajo de los 17.707 €. También habrá deducción para las rentas incluidas entre estas dos bases, aunque será gradual. Esta modificación afectará a 323.000 contribuyentes, y a través de ella Hacienda dejará de devolver 232 millones de euros anuales.
Alquiler (propietarios) – La reducción en las rentas de arrendamiento, que pasa del 50% al 60% beneficiará a 702.000 propietarios. Hay una reducción de 35 a 30 años en la edad del arrendatario a efectos de la exención del 100% de las rentas de alquiler. Esta medida tendrá un coste de 85 millones de euros.
Alquiler (inquilinos) – Si el arrendatario posee una renta inferior a 17.707 €, se podría deducir el 10,05% de los pagos hasta un máximo de 9.040 €. Aquellos que superen los 24.107 € podrán aplicarse una deducción parcial. Esta medida costará 20 millones de euros.
Reformas en el hogar – Se establece una deducción del 10% para los que acometan obras relacionadas con la eficiencia energética, el uso del agua o la adaptación para personas con movilidad reducida. Las limitaciones de ingresos para poder disfrutarla serán las mismas que en las medidas anteriores. La base máxima anual será de 3.000 €. Además, el límite máximo plurianual por vivienda será de 10.000 €.
UN PRECEDENTE EN EE.UU
Hay varias voces que afirman que el Gobierno podría recular al eliminar la desgravación en 2011. Esta hipótesis se vio confirmada en EE.UU: el Gobierno norteamericano aprobó a principios de año una desgravación de 8.000 dólares para la compra de primera vivienda (con una exención temporal de enero a noviembre de 2009); el Senado aprobó posteriormente la extensión de esta desgravación hasta abril de 2010. La efectividad de estos anuncios depende en gran parte de la credibilidad que le otorguen los compradores.

20 MINUTOS, Jueves 14 de enero de 2010

martes, 2 de septiembre de 2008

Las prácticas comerciales agresivas y la competencia desleal, prohibidas por ley

ABC MADRID
El Consejo de Ministros aprobó ayer la propuesta de los ministerios de Sanidad y Consumo, Industria, Turismo y Comercio, Justicia y Economía y Hacienda, del anteproyecto de ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal para incrementar la seguridad de los consumidores.
El anteproyecto es el primer paso para transponer la directiva comunitaria del Parlamento Europeo, relativa a prácticas comerciales desleales, como el «spam» telefónico o la realización de propuestas comerciales no solicitadas y reiteradas por teléfono u otros medios de comunicación.
Además de aumentar la seguridad de los consumidores, el anteproyecto pretende proporcionar seguridad jurídica a las empresas que compiten legítimamente en el mercado frente a todas aquellas que realizan prácticas contrarias a la buena fe, carentes de diligencia profesional y que distorsionen de manera significativa el comportamiento económico del consumidor, según explica el Gobierno.
Así, el texto considera que pueden alterar el comportamiento económico de los consumidores las conductas engañosas que contengan información falsa o que, aún siendo veraz, por su contenido o presentación pueda inducir a error a los destinatarios en asistencia postventa o reclamaciones.
ABC, SABADO 30_8_2008

miércoles, 18 de junio de 2008

El Gobierno aborda una nueva ley para regular el juego 'online'

EFE
El Gobierno y las comunidades autónomas están consensuando un nuevo proyecto de ley para regular el juego y las apuestas, sobre todo a través de Internet, tras una reunión de la comisión sectorial del juego, con representantes de Interior, de la Secretaría de Estado de Sociedad de la Información, de la Agencia Tributaria, del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado (ONLAE) y de las comunidades autónomas.
En ella se han abordado temas como el "registro de prohibidos" del juego en la Red -ludópatas-, la repercusión de las nuevas tecnologías (como PDAs y móviles) en el sector y la transposición de la directiva europea de servicios del juego.
Además se pretende articular un sistema de control sobre el juego y las apuestas en la Red que garanticen unas condiciones de mercado seguras y equitativas para los operadores, y un adecuado nivel de protección para los usuarios.
El texto que desean consensuar las comunidades autónomas y el Gobierno también regulará la explotación de actividades del juego interactivo de acuerdo con la normativa europea, y habrá de asegurar su compatibilidad con las normas aplicables a ámbitos vinculados a la prestación de este tipo de servicios.
Por otra parte, el Gobierno de Asturias ha informado hoy de la intención de que el futuro documento base establezca un sistema de tributación sobre el juego en Internet y un sistema de reparto de la tributación obtenida. En la reunión, según el Gobierno de Asturias, se destacó la necesidad de prestar protección especial a sectores vulnerables como los menores de edad o las personas con problemas de adicción al juego.
EL PAÍS, Miércoles 18 de junio de 2008

viernes, 28 de marzo de 2008

El Reino Unido protegerá a los niños de la Red

PATRICIA TUBELLA - Londres -
El Gobierno británico quiere endurecer los controles sobre Internet y productos digitales como los videojuegos para proteger a los menores de contenidos considerados inadecuados por su extrema violencia o explicitud sexual. El proyecto se apoya en un estudio encargado a la psicóloga infantil Tany Byron -conocida para el gran público como la superniñera de un programa televisivo- que confirma la indefensión de los padres a la hora de detectar y neutralizar el material nocivo que circula por la Red.
Entre las acciones que recomienda el estudio destaca la imposición de etiquetas de alerta en las carátulas de los juegos de computador o de consola -similares a las que insertan las autoridades sanitarias en las cajetillas de tabaco- y el requerimiento de una edad mínima para poder adquirirlos. El documento, que ayer divulgaban dos diarios británicos, considera insuficiente la actual clasificación que divide los productos entre aquellos aptos para todos los públicos y los que sólo son apropiados para mayores de 18 años. Sobre los vendedores que se salten esa normativa recaería la amenaza de hasta cinco años de prisión.
Junto a ese tipo de regulaciones, la estrategia se centra en proveer de la información adecuada a los cabeza de familia, caracterizados por Byron de "inmigrantes de Internet" por su desconocimiento del medio, para que establezcan filtros sobre las páginas de la Red que no crean aptas para sus retoños. La tecnología existe, pero, además de estar poco desarrollada, los adultos no la dominan.
El informe de Byron también concluye que mientras que los padres están más preocupados por los pederastas que hacen uso de Internet para entrar en contacto con menores (lo que se conoce como grooming), sus hijos lo están por llegar a ser víctimas del cyberbulling o de acoso internáutico por parte de otros menores.
El veredicto de Byron no es vinculante y precisará de un largo proceso legislativo si el primer ministro, Gordon Brown, decide implementarlo. Pero expresa las crecientes inquietudes de asociaciones de padres que, por ejemplo, han asistido con horror al fenómeno de Miss Bimbo, un sitio web destinado a niñas de entre 9 y 16 años y que introduce a las cibernautas en el peligroso mundo de las dietas y la cirugía estética.
El estudio no sólo recomienda la imposición de códigos deontológicos en este tipo de redes sociales, sino que conmina a modificar el código penal para afrontar casos tan extremos como los sitios de Internet que alientan el suicidio. La reciente cadena de muertes de 17 adolescentes en el pueblo galés de Bridgend, atribuida a esa perniciosa influencia, encarna esa "nueva gama de riesgos y peligros" que ha arrastrado consigo la era cibernética.

Lo que debe contar a su hijo
Estas medidas pueden evitar que un menor sufra grooming o abuso a través de Internet:
- Dígale que tenga cuidado con los correos de desconocidos. Explíquele que no debe comunicarse con gente que no conozca.
- Cuéntele que no abra archivos cuyo contenido desconozca. Existen programas que llegan a nuestros correos que son capaces de descifrar nuestras claves de acceso al correo electrónico, lo que se usa para coaccionar a los menores.
- No instale 'web cam' en el ordenador familiar. Si lo hace, procure restringir su uso mediante una clave de seguridad.
- Adviértale de que nunca envíe fotos propias a desconocidos. Ni tampoco vídeos suyos o de sus amigos.
- Enséñele a proteger su privacidad. Insístale en que no revele datos personales a gente que haya conocido por chats, Messenger, MySpace...
EL PAÍS, Viernes 28 de marzo de 2008
Imagen: El País

miércoles, 19 de marzo de 2008

Impago de hipoteca y embargo de la casa

CARLOS MATEU
PROMEIN Abogados
La revisión del tipo de interés de nuestra hipoteca puede dar lugar a que no podamos a hacer frente a una o varias de las mensualidades. Por ello, es importante conocer qué sucedería si ello pasara. La medida que prevé la ley es la anotación preventiva del embargo en el Registro de la Propiedad por la entidad bancaria acreedora, ya que, si no se inscribe, el bien puede venderse por el deudor a terceros que, si son de buena fe, no cabe reclamación oportuna. Asimismo se procede a la tasación del mismo, no por el valor real del inmueble, ya que se descuentan las cargas anotadas. En la subasta, el valor de la vivienda se establece por descuento de las cargas.
La Ley de Enjuiciamiento Civil señala que cuando el embargo recaiga sobre bienes inmuebles u otros bienes o derechos susceptibles de inscripción registral, el tribunal --a instancia de la entidad bancaria ejecutante-- librará mandamiento para que se haga anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad o anotación de equivalente eficacia en el Registro que corresponda. El mismo día de su expedición se remitirá el mandamiento por fax, desde el tribunal al Registro de la Propiedad, donde se extenderá el correspondiente asiento de presentación, quedando en suspenso la práctica de la anotación hasta que se presente el documento original en la forma prevista por la legislación hipotecaria.
Cabe señalar que es de gran importancia la anotación preventiva del embargo, ya que, si no se inscribe y se realiza una venta a un tercero de buena fe, al amparo de la Ley Hipotecaria no podría anotarse posteriormente el embargo ya que éste es un tercero de buena fe, y por lo tanto deberá alzarse el embargo.
Si se anotase anteriormente a la adquisición, el tercero adquiriría el bien, pero como ya hay constancia de ese embargo y, por lo tanto, se procederá a la realización del mismo si no se liquida la deuda. Esta anotación preventiva de inmueble se cancelará cuando se alce el embargo, cuando se lleve a cabo la ejecución forzosa del bien y se pague a la entidad bancaria ejecutante, y cuando el bien se enajena en base a una anotación anterior.
Para que los propietarios de viviendas puedan evitar esta trágica situación de embargo y posterior subasta de inmueble es importante ofrecerle asesoramiento jurídico, una vez se produzca un impago de una deuda hipotecaria. Es recomendable negociar con el banco para conseguir la mejor salida al conflicto, alargando el plazo del préstamo para abaratar las cuotas, contactar con entidades de reconocido prestigio y solvencia empresarial que refinancian la deuda o reunifican los pagos, e incluso buscar asesoramiento sobre la venta del piso sin cargas y en buenas condiciones.
ABC, Viernes 22_2_2008